17/2/18

Importante: Nueva normativa sobre los suproductos animales de las monterías

Real Decreto 50/2018, de 2 de febrero, por el que se desarrollan las normas de control de subproductos animales no destinados al consumo humano y de sanidad animal, en la práctica cinegética de caza mayor.

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Artículo 2. Ámbito de aplicación. 1. El presente real decreto será de aplicación a todas las modalidades cinegéticas de caza mayor colectiva, en adelante cacerías, que se celebren en todo el territorio nacional, entendiéndose como tales aquéllas en las que el número de puestos es superior a 40 o el número de piezas abatidas es superior a 20 por jornada de caza.


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Disposición final segunda. Entrada en vigor. 

El presente real decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2018.

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